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CACERES FLORES, MIRNA LIZ c/ NUEVOS RUMBOS S.A.T.A.C.I.F.I. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Reparacion integral Tasa de interes Dano psiquico Franquicia de seguro

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente (física y psíquica) a $500.000 y por daño moral a $250.000. Principales fundamentos:
- Para determinar la indemnización por incapacidad, se deben considerar no solo los porcentajes periciales, sino también la edad, empleo, estado civil y concreta incidencia patrimonial de las secuelas sobre la víctima.
- El daño psíquico es resarcible de manera autónoma al daño moral, debiendo evaluarse su entidad psicopatológica.
- La reparación debe ser integral, abarcando todos los aspectos de la vida del individuo afectados.
- La tasa de interés aplicable es la tasa activa del Banco Nación desde el hecho, salvo que genere un enriquecimiento indebido.
- La franquicia del seguro no es oponible a la víctima según doctrina plenaria.

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