T. C., V. H.c/ T. T., G. s/LIQUIDACION DE REGIMEN DE COMUNIDAD DE BIENES
El actor promovió demanda por la liquidación del régimen de comunidad de bienes tras su divorcio. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, incluyendo en la masa partible un inmueble enajenado por la ex cónyuge sin el consentimiento del actor.
¿Quién es el actor?
T. C.
- Demandada: T. T. G.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Liquidación del régimen de comunidad de bienes tras divorcio.
¿Qué se resolvió?
La Cámara incluyó en la masa partible el inmueble de la Av. Chiclana 3416 que la demandada enajenó sin el asentimiento del actor, por estar vigente la comunidad de bienes. Confirmó lo demás resuelto en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La sentencia de divorcio declaró disuelta la comunidad de bienes con efecto retroactivo al 11/04/2016.
- El inmueble de Av. Chiclana 3416 fue adquirido constante matrimonio, por lo que integra la masa partible, salvo que su valor exceda la mitad del haber, en cuyo caso el actor tendrá derecho a compensación.
- No se probó la existencia de un crédito respecto del vehículo Renault Kangoo robado, que pudiera considerarse ganancial.
- Los puestos de feria reclamados no acreditan titularidad del actor, sólo derecho de usufructo.
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