DA SILVA, PABLO ALEJANDRO c/ PALMERITA SRL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil declara mal concedido el recurso de apelación por no superar el monto mínimo exigido para su procedencia.
¿Quién es el actor?
DA SILVA, PABLO ALEJANDRO
¿A quién se demanda?
PALMERITA SRL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito con lesiones
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia, al considerar que el monto cuestionado no supera el monto mínimo exigido por el art. 242 del CPCCN para la procedencia del recurso.
- Fundamentos relevantes:
- La Cámara está facultada para examinar la procedencia del recurso, más allá de la resolución del juez de grado.
- El art. 242 CPCCN establece que son inapelables las sentencias y resoluciones en procesos donde el monto cuestionado sea inferior a $700.000 (según la última Acordada de la CSJN).
- El monto a considerar es el que rija al momento de la interposición del recurso, no al inicio del proceso. Una interpretación literal desnaturizaría la finalidad de actualizar los montos mínimos de apelabilidad.
- El juez Liberman disiente del criterio mayoritario, entendiendo que el art. 242 dispone que debe estarse al monto vigente al momento de la presentación de la demanda.
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