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BRAVO, FACUNDO SEBASTIAN c/ ELECTROMECANICA NORTE SRL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que rechazó la demanda, considerando que el conductor del otro vehículo tenía prioridad de paso.

Accidente de transito Responsabilidad civil Prioridad de paso Culpa de la victima Velocidad


¿Quién es el actor?

Facundo Sebastián Bravo
- Demandados: Electromecánica Norte S.R.L., Donato Di Prinzio y Caja de Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
- Decisión del tribunal: Se rechaza la demanda. La Cámara consideró que el conductor del otro vehículo (Honda Fit) tenía prioridad de paso por arribar a la encrucijada desde la derecha, y que el actor circulaba a una velocidad mayor a la permitida, lo que lo posicionó como responsable del accidente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El perito determinó que la colisión se produjo en el centro de la intersección no semaforizada, y que el conductor del Honda Fit tenía prioridad de paso por arribar desde la derecha, conforme lo establecido en la Ley de Tránsito.
- Si bien la calle Yrigoyen (por la que circulaba el actor) tenía mayor caudal de tránsito, ello no modifica la prioridad de paso establecida en la ley.
- El actor circulaba a una velocidad mayor a la permitida (40-50 km/h), lo que le imponía el deber de ceder el paso al vehículo que arribaba desde la derecha.
- Por lo tanto, la responsabilidad del accidente recae exclusivamente sobre el actor, configurándose la eximente de "culpa de la víctima".

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