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BOERO JORGE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Boero promovió demanda contra ANSeS por reajuste de haberes previsionales y cuestionamientos de constitucionalidad. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 2 hizo lugar parcialmente a la demanda sobre los topes y ordenó a ANSeS recalcular y pagar en 120 días desde la sentencia firme, rechazando la pretensión de suplementos extraordinarios y diferiendo otros planteos para la ejecución.

Boero jorge alberto Anses Reajuste de haberes Ley 24.241 Topes haberes Inconstitucionalidad Prescripcion Intereses Ley 27.609 diferida Costas y honorarios (ley 27423)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BOERO JORGE ALBERTO. Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS). Objeto: Reajuste de haberes previsionales liquidados bajo la ley 24.241; declaración de inconstitucionalidad de normas vinculadas a topes y reglas de cálculo; pago de diferencias y suplementos extraordinarios. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda en especial respecto de los topes cuestionados; se ordena a ANSeS a proceder conforme lo dispuesto en la sentencia en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme. Se rechazó la pretensión relativa al pago de suplementos extraordinarios; se difiere el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se imponen costas a ANSeS (art. 36 ley 27423) y se regulan honorarios de la Dirección Letrada actora en el 15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante (con IVA si corresponde), con la previsión de ajustarse al mínimo de la escala (15 UMA) si fuere inferior. Para el cálculo de acreencias retroactivas se ordena contemplar intereses según lo fijado y las reglas sobre prescripción.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de partes relevantes del fallo): "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad – de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio." "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaro inconstitucional en este acto." "Por lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados y, en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos -considerando que las actuaciones administrativas se encuentran en poder de la demandada
- proceda en la forma aquí dispuesta."
- Disidencias: no existen votos en disidencia consignados; la parte resolutiva expresa la decisión del juez que firma.

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