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LAZARTE LEONARDO DAVID c/ RODRIGUEZ FABRICIO DEMIAN BERNARDO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara declaró mal concedidos los recursos de apelación por no superar el monto mínimo de apelabilidad.

Accidente de transito Danos y perjuicios Recurso de apelacion Monto minimo de apelabilidad Acordadas csjn Interpretacion art 242 cpccn

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró mal concedidos los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia de primera instancia. Fundamentos principales:
- El art. 242 del CPCCN establece que son inapelables las sentencias y resoluciones dictadas en procesos cuyo monto cuestionado sea inferior a $300.000, conforme la Acordada 41/2019 de la CSJN.
- La Cámara considera que a los fines de analizar la limitación del art. 242, debe atenderse al monto vigente al momento de interponerse el recurso, y no al existente al tiempo de la demanda.
- Señala que la interpretación literal y descontextualizada de las acordadas de la CSJN desvirtuaría el espíritu de la reforma que busca descomprimir la tarea de la segunda instancia.
- Si bien existe un voto en disidencia que considera que se debe atender al monto vigente al tiempo de la demanda, la mayoría resuelve declarar mal concedido el recurso por no superar el nuevo límite de apelabilidad.

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