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OJEDA OFELIA EDITH c/ TRENES DE BUENOS AIRES Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por lesiones sufridas en un accidente ferroviario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio por daño moral.

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Indemnización por lesiones sufridas en un accidente ferroviario

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando la indemnización por daño moral a $450.000. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- El Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde el 01/08/2015, debe interpretarse de manera coherente con el principio de irretroactividad de la ley, aplicando las normas anteriores a la fecha del hecho.
- La jurisprudencia ha sentado que el recurso de apelación requiere una crítica concreta y razonada de las partes del fallo consideradas equivocadas.
- Respecto al daño moral, este tipo de daño afecta los sentimientos y afecciones legítimas de la persona, debiendo fijarse un monto que le permita procurarse satisfacciones equivalentes a lo perdido.
- En cuanto a los intereses, se aplicará la tasa activa del Banco de la Nación Argentina sin aplicar la "doble tasa".

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