OJEDA OFELIA EDITH c/ TRENES DE BUENOS AIRES Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por lesiones sufridas en un accidente ferroviario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio por daño moral.
Indemnización por lesiones sufridas en un accidente ferroviario
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando la indemnización por daño moral a $450.000.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- El Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde el 01/08/2015, debe interpretarse de manera coherente con el principio de irretroactividad de la ley, aplicando las normas anteriores a la fecha del hecho.
- La jurisprudencia ha sentado que el recurso de apelación requiere una crítica concreta y razonada de las partes del fallo consideradas equivocadas.
- Respecto al daño moral, este tipo de daño afecta los sentimientos y afecciones legítimas de la persona, debiendo fijarse un monto que le permita procurarse satisfacciones equivalentes a lo perdido.
- En cuanto a los intereses, se aplicará la tasa activa del Banco de la Nación Argentina sin aplicar la "doble tasa".
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