D'AMICO, FEDERICO AUGUSTO c/ DUARTE, MIGUEL Y OTRO s/DESALOJO: COMODATO
El actor promovió demanda de desalojo contra el comodatario y sus ocupantes. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que ordenó el desalojo, pero dispuso que el Defensor de Menores de Primera Instancia debe gestionar la asistencia habitacional de los posibles niños afectados.
¿Quién es el actor?
Federico Augusto D'Amico
- Demandados: Miguel Duarte, Patricia Ayala, Brenda Daiana Herrera, Tamara Aylén Herrera y Enrique Sánchez
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desalojo del inmueble sito en Av. Antártida Argentina 4523, Zárate, Pcia. de Buenos Aires
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que ordenó el desalojo, pero dispuso que el Defensor de Menores de Primera Instancia debe gestionar la asistencia habitacional de los posibles niños afectados en un plazo de 10 días, sin demorar el cumplimiento del lanzamiento.
Fundamentos principales:
- La expresión de agravios debe contener una crítica concreta y razonada de los puntos del fallo que se consideren erróneos. La mera disconformidad sin rebatir los fundamentos del tribunal a quo no cumple con este requisito, por lo que corresponde declarar desierto el recurso.
- Si bien se ordena el desalojo, el Defensor de Menores debe velar por que los niños afectados no se vean privados de su derecho a la vivienda, garantizado por la Convención sobre los Derechos del Niño y el art. 14 bis de la Constitución Nacional.
- El derecho a la vivienda es exigible al Estado, no a los particulares, salvo a los padres u obligados alimentarios respecto de sus hijos. Por ello, el Defensor debe gestionar la asistencia habitacional necesaria para los niños en un plazo de 10 días.
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