G., M. N. c/ G., M. S. s/FIJACION DE RENTA COMPENSACION POR USO DE VIVIENDA
La actora promovió demanda por fijación de renta en compensación por el uso de la vivienda familiar. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y estableció que la renta compensatoria se computará desde la notificación de la demanda, con una tasa de interés del 6% anual.
- Actora: M. N. G.
¿A quién se demanda?
M. S. G.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Fijación de renta compensatoria por el uso de la vivienda familiar.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en los siguientes aspectos: 1) declaró la constitucionalidad del art. 526 CCCN, 2) dispuso que la renta compensatoria se compute desde la notificación de la demanda (10/12/2019), 3) aplicó una tasa de interés del 6% anual, y 4) distribuyó las costas en un 70% a cargo del demandado y 30% a cargo de la actora.
- Fundamentos relevantes:
- Los jueces tienen el deber de examinar la constitucionalidad de las leyes, pero ello debe estar fundado en sólidos argumentos que demuestren una vulneración manifiesta de derechos. En el caso, no se advierte una afectación del interés superior de la hija común.
- La renta compensatoria debe computarse desde que el demandado fue notificado de la demanda, ya que esa fue la oportunidad en que se exteriorizó la voluntad de ser compensado por el uso de la vivienda.
- Corresponde aplicar una tasa de interés pura del 6% anual, para evitar un enriquecimiento indebido.
- La distribución de costas atiende al éxito parcial de las pretensiones de cada parte.
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