AGUIRRE HAIDEE CELESTINA c/ MICROS OMNIBUS TIGRE SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La demandante sufrió lesiones al descender de un micro de la línea Micros Ómnibus Tigre SA. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad física, incapacidad psíquica y daño moral.
¿Quién es el actor?
Haidee Celestina Aguirre
¿A quién se demanda?
Micros Ómnibus Tigre SA y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por lesiones sufridas al descender de un micro
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad física (a $2.200.000), incapacidad psíquica (a $1.100.000) y daño moral (a $300.000). Se confirma en lo demás.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La incapacidad física y psíquica fueron acreditadas por el peritaje médico, que determinó 20% de incapacidad física y 10% de incapacidad psíquica.
- El daño moral se configuró por el sufrimiento y padecimientos espirituales de la víctima, los cuales deben ser resarcidos.
- Los gastos médicos, farmacéuticos y de traslado, si bien no acreditados, se presumen razonables según la índole de las lesiones.
- Los intereses deben aplicarse conforme a la tasa activa del Banco Nación, a partir de la mora y hasta el efectivo pago.
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