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BAUS, HUGO ENRIQUE Y OTRO c/ LA PRIMERA DE GRAND BOURG S.A.T.C.I. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, reduciendo el monto indemnizatorio por incapacidad psíquica sobreviniente y declarando oponible la franquicia pactada con la aseguradora.

Accidente de transito Dano moral Intereses Danos y perjuicios Incapacidad psiquica Franquicia


¿Quién es el actor?

Estefanía Desireé Baus y Hugo Enrique Baus

¿A quién se demanda?

Miguel Ángel Fernández, "La Primera de Grand Bourg S.A.T.C.I." y la aseguradora "Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros"

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda, reduciendo el monto indemnizatorio por incapacidad psíquica sobreviniente a $300.000 y declarando oponible la franquicia pactada con la aseguradora. Confirmó los demás rubros. Principales fundamentos:
- La incapacidad psíquica sobreviniente debe ser resarcida considerando no sólo el aspecto laboral sino también las consecuencias que afectan a la víctima en su vida de relación.
- El tratamiento psicológico constituye un rubro autónomo e independiente de la incapacidad.
- El daño moral debe fijarse ponderando las satisfacciones sustitutivas y compensatorias que pueden procurar las sumas reconocidas.
- Los intereses se devengarán desde el hecho a la tasa activa, excepto para el tratamiento psicológico que será desde la sentencia.
- La franquicia pactada con la aseguradora es oponible a la actora.

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