SAS, LORENA VICTORIA c/ MICROOMNIBUS QUILMES S.A. (LINEA 159) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Civil declara mal concedido el recurso de apelación al considerar que la sentencia de primera instancia es inapelable por no superar el monto mínimo establecido.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito con lesiones
¿Qué se resolvió?
La Cámara Civil declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia, al considerar que dicha sentencia es inapelable por no superar el monto mínimo de apelación establecido en el art. 242 del CPCCN.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- El tribunal de alzada tiene la facultad de examinar la procedencia de un recurso de apelación, incluso de oficio.
- Conforme al art. 242 del CPCCN, son inapelables las sentencias definitivas y resoluciones donde el monto cuestionado sea inferior a $300.000.
- Para determinar la inapelabilidad, se debe atender al monto vigente al momento de interposición del recurso, no al existente al momento de la demanda.
- Una interpretación estrictamente literal de las Acordadas que fijan los nuevos montos desnaturalizaría la finalidad de la reforma, que es actualizar los valores mínimos de apelación.
- Por lo tanto, al no superar el monto cuestionado los $700.000 vigentes al momento del recurso, la sentencia de primera instancia deviene inapelable.
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