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B., M. C. c/ EMPRESA ANTARTIDA ARGENTINA S.A.T. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, pero redujo la indemnización por daño moral.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Tasa de interes Responsabilidad civil Transporte publico Franquicia


¿Quién es el actor?

María Cristina Basualdo

¿A quién se demanda?

Empresa Antártida Argentina S.A.T.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando la indemnización por incapacidad sobreviniente a $1.700.000 pero reduciendo el daño moral a $34.680. Revocó la declaración de inoponibilidad de la franquicia a la víctima. Fundamentos principales:
- Para determinar la incapacidad sobreviniente, la valoración de la prueba pericial debe realizarse conforme a las reglas de la sana crítica. El monto indemnizatorio no se limita a una ecuación numérica sino que debe atender a las particularidades del caso.
- El daño moral implica una minoración en la subjetividad de la persona, por lo que su cuantificación debe tener en cuenta las circunstancias objetivas y subjetivas. Corresponde respetar el principio de congruencia y otorgar lo reclamado.
- La tasa de interés activa aplicada es una pauta adecuada para actualizar el capital indemnizatorio.
- La franquicia establecida en el contrato de seguro es oponible a la víctima, conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema.

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