ALDERETE DANIEL PEDRO Y OTRO c/ CLUB ATLETICO LANUS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Espectadores resultan heridos en incidente durante partido de fútbol. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirma la condena a la AFA y al Club Atlético Lanús, y modifica los montos indemnizatorios.
Daños y perjuicios por lesiones sufridas en un incidente ocurrido durante un partido de fútbol.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la responsabilidad de los demandados, pero modificó los montos indemnizatorios otorgados por incapacidad sobreviniente y daño moral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los organizadores de espectáculos deportivos tienen una obligación de seguridad y responden objetivamente por los daños a los espectadores.
- Para cuantificar la indemnización por incapacidad se utilizan fórmulas matemáticas que sirven de pauta orientadora, pero deben contemplarse las particularidades del caso.
- El daño moral se fija prudencialmente, atendiendo a las circunstancias del caso y las características personales de las víctimas.
- Los gastos se reconocen flexiblemente, sin requerir una prueba acabada.
- Los intereses se computan desde el hecho dañoso y hasta el pago, a la tasa activa del Banco Nación.
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