RISSOTTI, LORENA LILIANA Y OTRO c/ ELMER, MARCELO ALEJANDRO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.
La actora promovió demanda por daños y perjuicios por mala praxis médica que derivó en el fallecimiento de su hijo recién nacido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por daño moral y daño psicológico.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Lorena Liliana Rissotti y su esposo Lucas Matías Pavesi demandaron por mala praxis médica a los médicos Marcelo Elmer y Elsa María Grigoni, y a las entidades OSDE y Sanatorio OSPREM de SAMI Baradero S.A.
- Sostuvieron que el fallecimiento de su hijo Antonio se debió a la negligencia de los médicos al no detectar y atender a tiempo el sufrimiento fetal, lo que ocasionó la broncoaspiración y posterior muerte del bebé.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados.
- En apelación, la Cámara confirmó la responsabilidad de los médicos y entidades, pero modificó parcialmente los montos indemnizatorios, aumentando la partida por daño moral para el padre y la partida por daño psicológico para la madre.
- La Cámara consideró que la muerte de un hijo es uno de los eventos más traumáticos y estableció los montos indemnizatorios en función de precedentes análogos, con ajustes por inflación.
- También confirmó la procedencia de las indemnizaciones por gastos fúnebres, de farmacia, psicólogo y por traslados y alojamiento.
- Finalmente, modificó el criterio sobre intereses, ordenando que se aplique la tasa activa del Banco Nación desde el hecho dañoso.
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