ARCA c/ AGROPECUARIA EL ALGARROBO S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Ejecución fiscal promovida por el Fisco Nacional (ARCA) contra Agropecuaria El Algarrobo S.R.L. El Juzgado Federal declaró la causa procedente para REMATE y ordenó continuar la ejecución hasta que la actora perciba el capital reclamado de $4.876.230,40, intereses, gastos y costas, regulando honorarios conforme normativa aplicable.
¿Quién es el actor?
FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA).
¿A quién se demanda?
AGROPECUARIA EL ALGARROBO S.R.L.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de una deuda tributaria por capital reclamado de $4.876.230,40 más intereses, gastos y costas; solicitud de remate.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la pérdida del derecho del ejecutado por no oponer excepción legítima en término; se sentenció la causa de REMATE y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora obtenga el íntegro pago del capital reclamado de $ 4.876.230,40, sus intereses, gastos y costas. Se dispone que la regulación de honorarios se tramite según la ley 11.683:92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP. Se hace efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN; regístrese y notifíquese por Secretaría a la actora, quedando a su cargo notificar a la contraria. Publíquese (Acordada CSJN N° 10/2025).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Agréguese y téngase presente lo expuesto por la actora en los términos de la ley 11.683: 92.
No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar. En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y 558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA) se haga del demandado -AGROPECUARIA EL ALGARROBO S.R.L.-, íntegro pago del capital reclamado de $ 4876230.4, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68).
En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP.
Hágase efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN.
Todo lo que, ASÍ RESUELVO. Regístrese y notifíquese por Secretaría a la actora, quedando a su cargo la notificación a la contraria. Publíquese (Acordada CSJN N° 10/2025)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el dispositivo.
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