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DI FRONZO, DAVID ALEJANDRO c/ CARTASEGNA, CARLOS ALBERTO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y confirmó los montos fijados por incapacidad psicofísica sobreviniente y daño moral, pero modificó la aplicación de los intereses.

Accidente de transito Dano moral Intereses Danos y perjuicios Responsabilidad civil Prudente arbitrio judicial Incapacidad psicofisica sobreviniente Dictamen pericial


¿Quién es el actor?

D A D F
- Demandados: C A C, Boston Cía. Arg. De Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando los montos fijados por incapacidad psicofísica sobreviniente ($1.100.000) y daño moral ($500.000), pero modificando la aplicación de los intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- En relación a la incapacidad psicofísica sobreviniente, se consideraron los dictámenes periciales médico y psicológico, que acreditaron secuelas permanentes. El monto se fijó en base al prudente arbitrio judicial, conforme lo establecido en el art. 1746 CCyC.
- Respecto al daño moral, dado que se acreditaron los daños psicofísicos permanentes, el daño moral surge "in re ipsa" y su cuantificación queda librada al prudente arbitrio judicial.
- En cuanto a los intereses, se aplicará la tasa activa del plenario "Samudio" desde el hecho, salvo para el tratamiento psicológico y daños materiales, que devengarán intereses al 8% anual hasta las respectivas fechas periciales y luego a la tasa "Samudio".

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