B M E c/ TRANSPORTES AUTOMOTORES RIACHUELO S.A.(TARSA) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Civil modificó la sentencia y declaró oponible a la víctima la franquicia del seguro, pero aplicó la tasa activa como interés moratorio desde la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial.
¿Quién es el actor?
B M E
¿A quién se demanda?
TRANSPORTES AUTOMOTORES RIACHUELO S.A. (TARSA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara Civil modificó la sentencia de primera instancia, declarando oponible a la víctima la franquicia del seguro opuesta por la aseguradora, pero manteniendo la aplicación de la tasa activa como interés moratorio desde la entrada en vigor del Código Civil y Comercial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que, si bien comparte la doctrina plenaria que declaró la inoponibilidad de la franquicia al damnificado en seguros de transporte público, debe acatar lo resuelto por la CSJN en precedentes como "Nieto", "Villarreal" y "Cuello", que admiten la oponibilidad de la franquicia al tercero damnificado.
- Sobre los intereses, la Cámara propone aplicar la tasa activa desde la fecha del hecho hasta el efectivo pago, sin adoptar la doble tasa activa a partir de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, por considerar que ello no implica una alteración del significado económico del capital de condena.
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