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G. P. B. c/ J. A. Y OTROS s/ESCRITURACION

La actora promovió demanda por escrituración de un inmueble. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y ordenó a los demandados cumplir con actividades pendientes para efectuar la escrituración.

Boleto de compraventa Escrituracion Mora Sucesiones Vicio de consentimiento Actividad pendiente


¿Quién es el actor?

P. B. G.
- Demandados: M. E. J., J. J., Sandra Anahí Espinosa, T. A. A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Escrituración de un inmueble ubicado en la calle José A. Cabrera n°xxxx/xxxx, matrícula 18-4982, de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de primera instancia, manteniendo la obligación de los demandados de otorgar la escritura traslativa a favor de la actora, con la salvedad de que previamente deberán cumplir con una actividad pendiente relacionada a la denuncia del bien en el acervo hereditario de una de las sucesiones involucradas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se acreditó la existencia de una grave diferencia entre el precio pactado en el boleto de compraventa y el valor de mercado del inmueble al momento de la firma, pero no se encuentra presente un vicio en el consentimiento de los vendedores que justifique la nulidad del contrato.
- Los vendedores incurrieron en mora en la concreción de las inscripciones sucesorias necesarias para poder escriturar, la cual persiste parcialmente hasta la actualidad.
- Se debe mantener la condena a otorgar la escritura, con la salvedad de que previamente los demandados deberán cumplir con la actividad pendiente indicada.

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