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CAMPIÑO, MIGUEL ALEJANDRO c/ SOCIEDAD ANONIMA EXPRESO SUDOESTE (LINEA 85 INT 77) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por lesiones sufridas al ascender a un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Reparacion integral Responsabilidad civil Transporte publico


¿Quién es el actor?

Miguel Alejandro Campiño
- Demandados: Sociedad Anónima Expreso Sudoeste (Línea 85 Int 77) y Metropol Sociedad de Seguros Mutuos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por lesiones sufridas al quedar atrapada la mano del actor al subir a un colectivo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la responsabilidad de los demandados, pero modifica los montos indemnizatorios. Reduce la indemnización por incapacidad sobreviniente de $1.250.000 a $500.000 y aumenta el daño moral de $80.000 a $250.000. Confirma el resto de las partidas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- En cuanto a la incapacidad sobreviniente, si bien el perito determinó un 10% de incapacidad física y 15% psíquica, se considera elevado el monto de $1.250.000 fijado en primera instancia, reduciéndolo a $500.000 en atención a las circunstancias personales del actor.
- Respecto al daño moral, se lo considera un rubro procedente y el monto de $80.000 resulta escaso, elevándolo a $250.000 en función de la gravedad objetiva de las lesiones y sus implicancias espirituales para el actor.
- Se confirma el resto de las partidas indemnizatorias.

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