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GALLI BASUALDO, MARIANA LAURA c/ BERGENFELD, SERGIO FABIAN s/NULIDAD

La actora promovió demanda por nulidad de un reconocimiento de deuda. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la nulidad absoluta del reconocimiento de deuda por considerarlo accesorio a un pacto de cuota litis previamente declarado nulo.

Reconocimiento de deuda Perspectiva de genero Nulidad Pacto de cuota litis Vulnerabilidad Ley de arancel Relacion abogado cliente


¿Quién es el actor?

M L G B

¿A quién se demanda?

S F B

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de un reconocimiento de deuda

¿Qué se resolvió?

Se declara la nulidad absoluta del reconocimiento de deuda del 2/5/2016 por considerarlo accesorio a un pacto de cuota litis previo declarado nulo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El pacto de cuota litis del 8/5/2014 fue previamente declarado nulo por infringir el art. 4 de la ley 21.839, que prohibía los pactos de cuotas litis en asuntos de familia.
- El reconocimiento de deuda del 2/5/2016 se refiere a los honorarios pactados en el pacto anterior declarado nulo, por lo que también se declara su nulidad absoluta por accesoriedad.
- Se tuvo en cuenta la relación asimétrica entre las partes y la posible situación de vulnerabilidad de la actora al momento de suscribir los acuerdos, aplicando una perspectiva de género.

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