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ARCE, MARIA CRISTINA c/ ASOCIACION PRO HOGAR DEL DISCAPACITADO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora sufrió una fractura de cadera por la agresión de otra paciente en el hogar de la demandada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la condena a la institución por incumplir el deber de seguridad.

Danos y perjuicios Responsabilidad civil Deber de seguridad Caso fortuito Personas con discapacidad Establecimientos de salud Consumidor vulnerable


¿Quién es el actor?

María Cristina Arce, representada por la Defensoría Pública N°1

¿A quién se demanda?

Asociación Pro Hogar del Discapacitado
- Hogar Prohodis

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por los daños derivados de un accidente sufrido por la actora en el hogar de la demandada

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Rechazó los agravios de la demandada respecto a la atribución de responsabilidad, considerando que incumplió el deber de seguridad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La actora sufrió una fractura de cadera al ser agredida por otra paciente del hogar, lo cual surge acreditado de las historias clínicas y testimonios.
- La demandada tenía el deber de extremar las medidas de seguridad para evitar situaciones de riesgo, dado que se trata de un establecimiento que alberga a personas vulnerables.
- La alegada eximente de caso fortuito no procede pues el hecho dañoso está vinculado al riesgo de la actividad.
- Procede la aplicación de las normas sobre defensa del consumidor y responsabilidad objetiva.
- No se vulneró el principio de congruencia al fijar un monto superior al reclamado, al estar éste dejado al criterio judicial.

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