OBES, JONATHAN MATIAS c/ DIAZ, CARLOS DANIEL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó la indemnización por incapacidad sobreviniente a $5.950.974 y por daño moral a $1.000.000. Confirmó el resto de los rubros.
Fundamentos relevantes:
- La responsabilidad es objetiva por el riesgo o vicio de las cosas. La sola falta de contestación de la demanda genera la presunción de responsabilidad.
- El daño psíquico no es un rubro autónomo, sino que integra la incapacidad y el daño moral.
- Para calcular la incapacidad sobreviniente se deben aplicar fórmulas matemáticas del art. 1746 CCCN, considerando el ingreso anual, la edad, el porcentaje de incapacidad y la tasa de descuento.
- El daño moral debe fijarse ponderando las satisfacciones sustitutivas y compensatorias que pueden procurar las sumas reconocidas.
- Los intereses por los rubros futuros deben computarse desde el hecho y no desde la sentencia.
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