B. M.E. c/ T. DE B. A. S.A. -SINDICO- Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente ferroviario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia, confirmando la responsabilidad del Estado Nacional, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte y la empresa concesionaria, y estableciendo el monto indemnizatorio.
Daños y perjuicios derivados de un accidente ferroviario en la estación Once.
¿Qué se resolvió?
Se confirma la responsabilidad del E. N., la CNRT y TBA S.A., se modifica el monto indemnizatorio, se declara inoponible la franquicia a la víctima y se difiere la cuestión sobre el límite de cobertura de la aseguradora.
Fundamentos principales:
- La responsabilidad del E. N. y la CNRT se funda en la "falta de servicio" y en el incumplimiento de sus deberes de control y fiscalización.
- La franquicia de $1.800.000 es inoponible a la víctima por desnaturalizar la función del seguro de responsabilidad civil.
- Se fija la indemnización por daño psicológico, tratamiento psicológico y daño moral, aplicando el principio de reparación integral.
- Se difiere la cuestión del límite de cobertura de la aseguradora para cuando se resuelva el proceso conexo sobre consignación.
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