GENTILE, ANA MARIA c/ INGRASCIOTTA, JORGE ALBERTO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio por incapacidad sobreviniente, pero redujo el correspondiente a daño moral.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito donde la actora fue atropellada
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia aumentando la indemnización por incapacidad sobreviniente a $1.300.000 y reduciendo el daño moral a $800.000. Se confirma lo demás.
Principales fundamentos:
- La indemnización por incapacidad sobreviniente debe cubrir la disminución de la aptitud del damnificado para realizar actividades productivas o económicamente valorables, abarcando tanto la faz laboral como la vida de relación.
- Para calcular la incapacidad sobreviniente debe aplicarse una fórmula matemática que contemple las variables establecidas en el art. 1746 CCCN.
- El daño moral se repara a través de una indemnización dineraria que permita a la víctima procurarse satisfacciones compensatorias, sin que deba guardar proporción con el daño material.
- La tasa de interés moratorio aplicable es la tasa activa del Banco Nación salvo que genere un enriquecimiento indebido, lo que no ocurre en el caso.
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