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ROIJ CORINA ANDREA c/ LAGOS DEL SUR ARGENTINO SA Y OTROS s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Conexidad entre procesos por incumplimiento contractual en desarrollo inmobiliario; Sala E asume competencia por intervención previa

Incumplimiento contractual Conexidad Competencia Incidente Desarrollo inmobiliario Sala e


¿Quién es el actor?

Roij Corina Andrea
- Demandados: Lagos del Sur Argentino SA, Luis Fariña, María Fariña, María del Carmen Vidal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cumplimiento de contrato

¿Qué se resolvió?

Se remiten los autos a la Sala E de la Cámara Civil, por existir conexidad entre este proceso y otros conexos que ya tramitan ante dicha Sala, relacionados con incumplimientos contractuales en el marco de un mismo desarrollo inmobiliario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Anexo 1 art. 4 del Reglamento para la Justicia Nacional en lo Civil establece que la radicación de un expediente en una Sala determina la competencia de ese tribunal para todas las cuestiones que se susciten, tanto en la causa principal como en sus incidentes, ejecución de sentencia y tercerías relacionadas.
- Se advierte de los sistemas de consulta que los mismos demandados se encuentran involucrados en otros procesos conexos por incumplimientos contractuales vinculados al mismo desarrollo inmobiliario, que tramitan ante la Sala E.
- La jurisprudencia ha establecido que existe conexidad relevante entre procesos por incumplimientos contractuales relacionados con una misma operatoria inmobiliaria y la conducta de la demandada.
- En virtud de la conexidad señalada y la anterior intervención de la Sala E, corresponde remitir las actuaciones a dicho tribunal.

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