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ENCISO ESPINOLA, CINTHIA MARIA SOLEDAD c/ FORTUNATTI, HECTOR Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demandas por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente las sentencias y ajustó los montos indemnizatorios.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Tratamiento psicologico Danos y perjuicios Reparacion integral Dano psiquico Valor vida


- Actores: Christian Omar Tebecheri y Cinthia María Soledad Enciso Espinola
- Demandados: Héctor Fortunatti, Miguel Ángel Vergagni, Alfredo Liedtke, Paraná S.A. de Seguros y Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?


- En el caso de Tebecheri, se modifica la sentencia para fijar un monto mayor por incapacidad sobreviniente ($1.275.000), confirmando lo demás.
- En el caso de Enciso Espinola, se revoca el monto por incapacidad psíquica y se confirma el resto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El daño a la integridad física y psíquica de la víctima debe ser reparado integralmente, considerando aspectos laborales, sociales y personales.
- El porcentaje de incapacidad informado por los peritos es una pauta de referencia, pero el juez debe valorar todas las circunstancias del caso.
- El tratamiento psicológico constituye un rubro autónomo para afrontar las secuelas psicológicas.
- La indemnización por "valor vida" debe computar la capacidad productiva, edad, ingresos y demás características de la víctima y de los damnificados.

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