Logo

SUB CONS DE COPROP C. A. 3325 T. 7 CABA c/ M. , A. E.Y OTRO s/EJECUCION DE EXPENSAS

El consorcio promovió ejecución de expensas contra los propietarios. La Cámara Civil declaró la caducidad de la segunda instancia ante la inactividad procesal del apelante.

Ejecucion de expensas Caducidad de instancia Plazos procesales Inactividad procesal Elevacion de recurso de apelacion


¿Quién es el actor?

Sub Consorcio de Copropietarios C.A. 3325 Torre 7 CABA
- Demandados: M., A. E. y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de expensas

¿Qué se resolvió?

Se declara la caducidad de la segunda instancia. Los fundamentos principales de la decisión son:
- El art. 310 inc. 2 del CPCC establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se impulse el procedimiento en el plazo de 3 meses.
- En el caso, desde el 9/8/2023 hasta el 13/11/2023 transcurrió el plazo sin que se realizara acto procesal alguno para impulsar la apelación.
- Si bien el art. 313 inc. 3 del CPCC libera a las partes de la carga de impulso cuando deben esperar actos exclusivos del tribunal, en este caso correspondía al apelante gestionar la elevación de las actuaciones, lo que no hizo.
- Procede la declaración de caducidad de la segunda instancia, con costas a la parte vencida.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar