S., N. J. c/ E. Y P., F. D. Y OTROS s/FILIACION
El actor promovió demanda por reconocimiento de la paternidad extramatrimonial contra los hijos y nietos del causante. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la filiación, reconociendo el derecho del actor a su identidad biológica.
Reconocimiento de paternidad extramatrimonial y petición de herencia contra los hijos y nietos del causante R. E. M.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda de filiación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se acreditó el derecho del actor a su identidad biológica, amparado en tratados internacionales con jerarquía constitucional.
- Las pruebas genéticas fueron concluyentes sobre el vínculo filial, con una probabilidad de parentesco del 99,50%.
- La posesión de estado del actor como hijo del causante, corroborada por testimonios, también sustenta la filiación.
- Si bien los derechos a la privacidad e intimidad de los demandados deben ser protegidos, prevalece el interés público y social de determinar la identidad del actor.
- Se exhortó a las partes a abstenerse de publicitar el caso fuera del proceso, bajo apercibimiento.
- Las costas se imponen a los demandados J. I. E. y F. y A. D. E. y F., mientras que las de P. R. E. son por su orden.
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