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GALVAN, ALDANA EVA c/ GALVAN, AMALIA MAGDALENA s/FIJACION Y/O COBRO DE VALOR LOCATIVO

La actora demandó a su coheredera por el cobro de valor locativo del único bien integrante de la sucesión hereditaria. La Cámara modificó la sentencia y estableció que la indemnización deberá calcularse desde la fecha de interposición de la demanda.

Condominio Indemnizacion Sucesion hereditaria Valor locativo Accion de restitucion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Aldana Eva Galván promovió demanda por fijación de valor locativo contra su coheredera Amalia Magdalena Galván, respecto del único bien integrante de la sucesión hereditaria que esta última ocupa desde hace años sin abonar compensación. El juzgado de primera instancia admitió la demanda y condenó a la demandada a abonar el valor locativo, computado a partir de la notificación de la demanda. La actora apeló, argumentando que el cómputo debe iniciarse desde la fecha de interposición de la demanda (28/7/2020) y no desde la notificación (22/3/2021). La Cámara hizo lugar a este agravio y modificó la sentencia, estableciendo que la indemnización deberá calcularse desde la fecha de interposición de la demanda (28/7/2020). El tribunal señaló que la pretendida compensación sólo puede fijarse con retroactividad a la fecha de su requerimiento fehaciente, que en este caso se dio con la mediación prejudicial obligatoria, momento a partir del cual la demandada pudo tomar conocimiento de la pretensión.

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