FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA c/ D., O. S. s/NULIDAD DE ACTO JURIDICO
La actora promovió demanda solicitando la nulidad de las demandas iniciales por fallecimiento de la mandante. La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la nulidad por considerar que la muerte de la mandante extinguió el mandato.
¿Quién es el actor?
Federación Patronal Seguros S.A.
¿A quién se demanda?
Dr. O. S. D.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de las demandas por daños y perjuicios y beneficio de litigar sin gastos iniciadas por el Dr. D. en representación de la Sra. M. A. C., quien había fallecido con anterioridad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la nulidad, concluyendo que el fallecimiento de la mandante extinguió el mandato conferido al Dr. D., por lo que las demandas iniciadas con posterioridad a dicho evento son nulas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Código Civil aplicable preveía que la muerte del mandante extingue el mandato, salvo excepciones.
- Si bien el poder cumplía con los requisitos formales, la demanda fue interpuesta luego del fallecimiento de la mandante, por lo que carecía de sujeto válido.
- La mediación previa no implica el ejercicio concreto del derecho de accionar, que se manifiesta con la presentación de la demanda.
- Al haber fallecido la mandante antes de que se interpusiera la demanda, no se encontraba en condiciones de dar esa manifestación de voluntad.
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