PESSOLANI, SILVIA CRISTINA C/OBRA SOCIAL DE ENTRE RIOS (OSER) S/ACCION DE AMPARO
La demandada apeló la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo promovida por Silvia Pessolani, ordenando la provisión urgente de audífonos. El Superior Tribunal de Justicia confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la negativa de la obra social era ilegítima y no se justificaba adecuadamente.
- Quién demanda: Silvia Cristina Pessolani
¿A quién se demanda?
Obra Social de Entre Ríos (O.S.E.R.)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura del 100% para audífonos digitales programables.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La negativa por parte de la obra social de proveer lo solicitado constituye una omisión de su deber positivo que vulnera el principio de no regresividad." Además, se destacó que "no obra en autos una justificación convincente de la demandada respecto de por qué reconoce un solo audífono en lugar de los dos indicados." El dictamen del médico forense fue considerado determinante, afirmando que "la patología justifica lo solicitado por su médico tratante."
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