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.................... S/ABUSO SEXUAL CALIFICADO

Reclamo penal por abuso sexual calificado contra F. A. M. por dos hechos en concurso real con agravantes de vínculo, convivencia y guarda. La Cámara confirmó la elevación a juicio y negó el cambio de calificación y el sobreseimiento, sosteniendo que en esta etapa procesal basta la existencia probable del hecho y participación del imputado con las constancias aportadas.

Abuso sexual Agravantes (vinculo Convivencia Guarda) Elevacion a juicio Sobreseimiento rechazado Probabilidad del hecho Camara de apelaciones en lo penal Camara gesell Pericia psicologica Infancia Perspectiva de genero.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Agente Fiscal; denunciante particular Z. M. L. F. Demandado: F. A. M. Objeto: Elevación a juicio por dos hechos de abuso sexual simple agravado (por ser ascendiente, por convivencia y por encontrarse bajo su guarda)
- concurso real; pedido de cambio de calificación por la defensa y pedido de sobreseimiento respecto del hecho N°2. Decisión: Se confirmó la resolución de fecha 22/06/2026; no se hizo lugar al cambio de calificación solicitado por la defensa; no se hizo lugar al sobreseimiento respecto del hecho N°2; se tuvo por presentada la requisitoria y se elevó la causa a juicio ante el Tribunal Oral Criminal N°1 Departamental.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente del fallo): "En este estadio de la causa, es suficiente a efectos de denegar el pedido de Sobreseimiento y proceder a elevar la causa a juicio, que mediante el análisis de la constelación investigativa, surja acreditada la probable existencia del hecho y la participación del imputado en el mismo (artículo 157 incs. 1° y 3°, aplicable en virtud de lo dispuesto por el artículo 337, ambos del código ritual)." "Que surge de la prueba detallada y valorada que la probabilidad de la existencia del hecho que se le enrostra al encartado se encuentra debidamente establecida." "Que no corresponde Sobreseer al encartado por no encontrarse reunidos los extremos previstos en el art. 323 del C.P.P (arts. 210, 323 inc. 3-a contrario
- del C.P.P)." Adicionalmente, el voto destaca las constancias que respaldan la requisitoria fiscal: denuncia de la progenitora (07/2026), certificados médicos que consignan eritema en región vaginal de la menor S., informes periciales y psicológicos que detectan "indicadores compatibles con victimización asociada a violencia sexual intrafamiliar", y un informe de Cámara Gesell donde la menor describe conductas atribuibles a su padre. El Tribunal consideró suficiente, en la etapa de investigación preparatoria, la convergencia de esos elementos para confirmar la elevación a juicio y mantener las agravantes de convivencia y guarda, remitiéndose a precedentes y a la necesidad de perspectiva de género e infancia en estos casos.

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