ESQUIVEL, SERGIO AUGUSTO C/ OBRA SOCIAL DE ENTRE RIOS (OSER) S/ ACCION DE AMPARO
La actora promovió una acción de amparo contra la Obra Social de Entre Ríos para obtener cobertura de prestaciones de transporte y escolaridad. El Superior Tribunal de Justicia revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la acción, argumentando que no se justificó la urgencia del amparo.
- Quién demanda: Paola Analía Esquivel en representación de su hija T.G.
¿A quién se demanda?
Obra Social de Entre Ríos (OSER).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura económica del 100% de las prestaciones de transporte y escolaridad por los meses de noviembre y diciembre de 2025.
¿Qué se resolvió?
Se revocó la sentencia de primera instancia y se rechazó la acción de amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El amparo es un remedio procesal de carácter excepcional, residual y expeditivo, destinado a restablecer con rapidez el goce de derechos o garantías constitucionales cuando no existan otras vías judiciales idóneas... La actora no invocó ni acreditó... que las vías ordinarias resultan inadecuadas o insuficientes para obtener el cobro de las diferencias que reclama." "La urgencia que puede justificar la apertura excepcional del amparo... requiere que la omisión o insuficiencia del pago proyecte consecuencias actuales sobre la salud... lo que en el caso no fue demostrado." "La propia obra social acreditó haber autorizado las prestaciones para el año 2026... la diferencia reclamada es de naturaleza estrictamente liquidatoria."
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