AQUINO, BARBARITO PEDRO c/ ARGENTREN SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente ferroviario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y atribuyó el 70% de responsabilidad a la víctima, reduciendo la condena a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Barbarito Pedro Aquino relató que el 20 de octubre de 2014, mientras intentaba ascender a un tren en movimiento de la línea Belgrano Sur, sufrió una caída que le produjo una lesión neurológica irreversible a nivel medular, dejándolo incapacitado. La magistrada de primera instancia encontró acreditada la culpa concurrente de la víctima en un 50% y condenó a las demandadas Argentren S.A., SOFSE y Nación Seguros S.A. a pagar $20.722.000. Todos los intervinientes apelaron. La Cámara analizó la prueba y concluyó que el hecho desplegado por el actor, al intentar ascender al tren en movimiento, tuvo una influencia causal decisiva en los daños sufridos. Por ello, modificó la distribución de responsabilidad, atribuyendo un 70% a la víctima y un 30% a las demandadas. En cuanto a los montos indemnizatorios, se revocó la partida por pérdida de chance, se redujo la incapacidad sobreviniente a $18.000.000, se elevaron los tratamientos físico a $1.200.000 y psicológico a $600.000, y se confirmó el daño moral. Asimismo, se declaró oponible a la víctima la franquicia de seguro de US$200.000 pactada por la aseguradora. Palabras clave: Accidente ferroviario, responsabilidad concurrente, incapacidad física y psíquica, franquicia de seguro.
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