D L S P G c/ M U DE G O Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente ferroviario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad psíquica sobreviniente, tratamiento psicológico y daño moral.
Daños y perjuicios por accidente ferroviario
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se eleva el monto indemnizatorio por incapacidad psíquica sobreviniente a $3.000.000, el tratamiento psicológico a $500.000 y el daño moral a $2.000.000. Se declara inoponible la franquicia a la víctima. Se difiere la cuestión del límite de cobertura asegurativa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El daño psíquico y físico conforman facetas de un mismo bien jurídico (integridad psicofísica) y deben analizarse conjuntamente.
- Se acreditó la incapacidad psíquica sobreviniente de 10% y la necesidad de tratamiento psicológico permanente.
- El daño moral debe ser resarcido acorde a la entidad de la incapacidad y el grave menoscabo anímico y emocional del actor.
- La franquicia es inoponible a la víctima por ser excesiva y desnaturalizar la función del seguro.
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