ARCA c/ LI LIJUAN s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra LI LIJUAN por deudas tributarias por $21.192.192,51 más intereses y costas. El Juzgado Federal de Primera Instancia ordenó continuar la ejecución, impuso las costas al demandado y requirió a la actora la liquidación de la deuda por razones de seguridad jurídica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) (ex A.F.I.P.)
Demandado: LI LIJUAN
Objeto: Cobro de la suma de $21.192.192,51, más el 15% por intereses y costas, en ejecución fiscal.
Decisión: Se admitió la ejecución y se mandó llevar adelante la ejecución contra LI LIJUAN hasta el íntegro pago de la suma reclamada con sus intereses y costas; se impusieron las costas al demandado; y se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 21192192.51, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-"
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-"
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-"
"Por ello, RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra LI LIJUAN, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 21192192.51, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.
- 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal –“AFIP C/ SOCIEDAD COOPERATIVA POPULAR LIMITADA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 22525/2018 “AFIP C/ PETROSAR PRODUCCION Y SERVICIOS SA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 12215/2018, “AFIP C/ PETROSAR PRODUCCION Y SERVICIOS SA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 10470/2018, entre otras-; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
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