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DE MARZO, JORGE OMAR c/ TRANSPORTES ATLANTIDA S.A.C. - LINEA 57 Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños derivados de accidente de tránsito. La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación por superar el monto mínimo impuesto legalmente.

Accidente de transito Danos y perjuicios Recurso de apelacion Inapelabilidad Codigo procesal civil y comercial Monto cuestionado


¿Quién es el actor?

DE MARZO, JORGE OMAR

¿A quién se demanda?

TRANSPORTES ATLANTIDA S.A.C.
- LINEA 57 Y OTROS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito con lesiones

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por el actor, ya que el monto cuestionado es inferior al límite legal de $700.000 establecido por la Corte Suprema para la procedencia de la apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 242 del CPCC establece que las sentencias son inapelables cuando el monto cuestionado es inferior a $2.100.000 (monto vigente al momento de la demanda).
- La Cámara interpreta que, para aplicar este límite, se debe considerar el monto vigente al momento de interponerse el recurso de apelación, y no el de la demanda, a fin de dar sentido a la norma y evitar que quede "letra muerta".
- En el caso, el monto cuestionado al momento de la apelación es inferior a $700.000, por lo que corresponde declarar la inapelabilidad.

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