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BUFFA, LORENA NOELIA c/ MONTI, FACUNDO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una cirugía estética. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda por considerar que la obligación del médico es de medios y la actora no acreditó la culpa.

Responsabilidad medica Relacion de causalidad Obligacion de medios Cirugia estetica Consentimiento informado Historia clinica Peritaje medico Culpa profesional


- Actora: Lorena Noelia Buffa
- Demandados: Facundo Martín Monti, Matienzo SRL, Seguros Médicos SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de daños y perjuicios por secuelas estéticas luego de una cirugía de dermolipectomía y liposucción

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda. La obligación del médico en cirugías estéticas es de medios, no de resultado, por lo que la actora debía acreditar la culpa del profesional, lo cual no logró demostrar. La historia clínica y el peritaje médico avalaron el correcto proceder del médico. Fundamentos principales:
- En cirugías estéticas, la obligación del médico es de medios, no de resultado. Debe aplicarse el régimen general de responsabilidad por culpa del art. 1724 del Código Civil y Comercial.
- La historia clínica tiene gran valor probatorio, y su defectuosa confección genera una presunción en contra del médico.
- El peritaje médico realizado es claro y concluyente en cuanto a que el accionar del médico se ajustó a la lex artis.
- El consentimiento informado brindado a la paciente cumplió con los requisitos legales, incluyendo los riesgos inherentes a la cirugía.

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