CRUZ, VIVIANA GRISELDA Y OTRO c/ MILANI, FERNANDO EZEQUIEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La parte actora demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda, considerando que la causa del siniestro fue la culpa de la víctima por no respetar la prioridad de paso y la señal de PARE existente en la intersección.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo de la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se trata de un caso de responsabilidad objetiva, por lo que corresponde al demandado probar la ruptura del nexo causal.
- En una intersección sin semáforo, la prioridad de paso la tiene el que circula desde la derecha, según el Código de Tránsito y Transporte de la CABA.
- La existencia de una señal de "PARE" en la calle por la que circulaba el actor obligaba a éste a detenerse y verificar el paso libre antes de ingresar a la intersección, lo que no hizo.
- Por lo tanto, la causa del accidente fue la culpa de la víctima, lo que rompe el nexo causal y exime de responsabilidad al demandado.
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