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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MARTINEZ SOLEDAD LAURA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió acción de apremio provincial contra Soledad Laura Martínez por la suma de $621.741,10. El Tribunal hizo lugar a la demanda y mandó a llevar adelante la ejecución, condenando a la demandada al pago del capital más intereses, costos y costas, al no oponer excepciones legítimas dentro del término legal.

Apremio provincial Ejecucion Fisco Titulo ejecutivo Deuda Intereses Intimacion al pago Excepciones legitimas Ley 13.406 Costas procesales

¿Qué se resolvió en el fallo?

Demandante: Fisco de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Soledad Laura Martínez Objeto de la demanda: Ejecución de apremio provincial por la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTIUN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO CON 10/100 ($621.741,10), en base a título ejecutivo adunado en formato digital, con más intereses, costos y costas. Decisión del Tribunal: El Tribunal hizo lugar a la demanda y mandó a llevar adelante la ejecución promovida por el Fisco contra la demandada, condenándola al pago íntegro del capital reclamado de $621.741,10, al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el Art. 104 del Código Fiscal (t.o. Res. 39/2011), desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Asimismo, se impusieron las costas a la parte demandada por su carácter de vencida, difiriéndose la regulación de honorarios. Fundamentos principales de la decisión: "Que habiendo sido intimada al pago en el domicilio FISCAL: CALLE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO
- NRO. 356
- PISO 3
- DTO. B
- CP. 1832
- LOC. LOMAS DE ZAMORA conforme surge del mandamiento obrante en autos, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, el cual se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto. En virtud de lo antedicho, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que la misma ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406)." "Por ello, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los Arts. 1, 7, 10, 11 de la ley 13.406" se procede a hacer lugar a la acción y a llevar adelante la ejecución. El Tribunal aplicó la normativa de apremio provincial conforme a la Ley 13.406, destacando que al no oponer excepciones legítimas dentro del plazo establecido, la demandada perdió su derecho a ejercer defensa, resultando procedente el avance de la ejecución para hacer al acreedor íntegro pago del capital reclamado.

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