M, M. M. c/ OBRA SOCIAL PAMI s/AMPARO LEY 16.986
El amparista interpuso un recurso de apelación contra la decisión del Juzgado Federal que declaró de tratamiento abstracto la cuestión planteada. La Cámara Federal de Mar del Plata rechazó el recurso por ser extemporáneo, confirmando así la firmeza de la sentencia de primera instancia.
¿Quién es el actor?
M. M.
¿A quién se demanda?
PAMI
- Objeto de la demanda: Amparo Ley 16.986
- Decisión del tribunal: Se declara mal concedido el recurso de apelación por ser extemporáneo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 15 de la ley 16.986 establece que los recursos de apelación deberán interponerse dentro de las 48 horas de notificada la resolución impugnada, debiendo fundarse en el mismo momento de su interposición." "El recurso de apelación fue presentado con fecha 05 de diciembre de 2024 a las 09:15 horas -encontrándose vencido el plazo de ley-, resultando el mismo extemporáneo, y en consecuencia mal concedido el recurso intentado respecto de la cuestión de fondo." "No obstante, respecto a lo manifestado en relación al fallecimiento del letrado que intervenía en autos, cabe destacar que el mismo actuó en calidad de patrocinante, lo cual no justifica la suspensión del proceso."
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