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JAIME, MARTIN ROQUE c/ ELECTRO MONTAJES DEL BICENTENARIO S.A. Y OTROS s/LEY 22.250

El demandante, Martín Roque Jaime, apeló la sentencia que le otorgó una indemnización por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la condena solidaria de la empresa demandada, argumentando que el mantenimiento de instalaciones es parte de su actividad normal.

Recurso de apelacion Despido indirecto Responsabilidad solidaria Ley 22.250 Ley de contrato de trabajo Indemnizacion Mantenimiento Actividad normal Tribunal Honorarios


¿Quién es el actor?

Martín Roque Jaime
- Demandados: Electro Montajes del Bicentenario S.A., Electro Montajes del Bicentenario II S.A.S., Diana Elizabeth Ábalos, La Nueva Metropol S.A. de Transporte Automotor Comercial e Industrial
- Objeto de la demanda: Indemnización por despido indirecto y responsabilidad solidaria
- Decisión del tribunal: Se confirma la condena solidaria y el monto de $1.055.792,36

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La circunstancia de que la relación laboral estrechada entre el actor y la sociedad empleadora se hallara comprendida dentro del régimen estatutario previsto por la ley 22.250 en modo alguno excluye la aplicabilidad del artículo 30 de la LCT." "El adecuado mantenimiento de las cabeceras, talleres, dependencias operativas y demás inmuebles afectados a la prestación del servicio constituye una actividad necesaria para el normal desenvolvimiento de la explotación empresaria." "Las tareas tercerizadas aparecen inescindiblemente vinculadas con ella y coadyuvan de manera directa a su ejecución."

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