LOPEZ GARRIDO, ELIANA ADA ROSA c/ OLSZEWICZ, PATRICIA SUSANA s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
La actora, corredora inmobiliaria, reclamó la comisión por intermediar en la venta de un inmueble. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo al considerar que la actora acercó a las partes y su intervención fue determinante para la concreción del negocio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Eliana Ada Rosa López Garrido, demandó a Patricia Susana Olszewicz por cobro de comisión inmobiliaria.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a abonar a la actora la suma de U$S 6.352,50 en concepto de comisión.
- Ambas partes apelaron la sentencia.
- La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia. Señaló que si bien la autorización de venta a la actora estaba vencida, ello no obsta a que ésta tenga derecho a cobrar la comisión si su intervención fue determinante para la concreción de la operación.
- Destacó que la actora acercó a las partes y posibilitó la venta, por lo que tiene derecho a percibir la comisión pactada, más allá de que la operación se haya concretado una vez vencida la autorización.
- Desestimó el pedido de la actora de aplicar sanciones por considerar que no se configura una conducta maliciosa o temeraria que amerite la sanción.
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