ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN c/ EN-M ECONOMIA (EX 143021544/23 - CEDIM 121931068/25) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
El Ente Provincial de Energía del Neuquén interpuso un recurso directo contra la sanción impuesta por incomparecencia a una audiencia conciliatoria. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción, sosteniendo que la inasistencia fue injustificada y que no se afectó el derecho de defensa.
¿Quién es el actor?
Ente Provincial de Energía del Neuquén (EPEN)
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Objeto de la demanda: Impugnación de una multa por incomparecencia a una audiencia conciliatoria.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sanción impuesta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La incomparecencia de la infraccionada a la audiencia en cuestión ha sido materia de reconocimiento expreso de la recurrente." "No basta la mera invocación de supuestas irregularidades formales para obtener la declaración de nulidad de un acto procedimental." "La ausencia a la mentada audiencia se encontró injustificada y, como consecuencia lógica de ello, la multa impuesta resulta a todas luces procedente."
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