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BARTOLI, ADRIANA EVELINA c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

Adriana Evelina Bartoli promovió un amparo de salud contra la Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino y Galeno S.A. El juez Marcelo Bruno Dos Santos hizo lugar a la acción, ordenando el mantenimiento de su afiliación en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa.

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Actor: Adriana Evelina Bartoli Demandado: Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino y Galeno Argentina S.A. Objeto: Mantenimiento de la afiliación a la obra social tras la jubilación. Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando el restablecimiento de la afiliación de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La denegatoria por parte de las demandadas prescindió de la relación preexistente que vinculaba a OSPACA/Galeno Argentina S.A. con la actora, lo que comporta, con base en la normativa vigente y los presupuestos fácticos configurados, una arbitraria restricción del pleno ejercicio de la accionante de su derecho a la salud." "La condición de jubilada no implicaba su traslado al INSSJP, sino que subsistía en la esfera de autonomía de la voluntad del ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social en la cual se encontraba afiliado hasta entonces." "Por lo expuesto, la decisión de la accionada de privar a la actora de las prestaciones médicos asistenciales por modificarse su situación de trabajadora activa a jubilada luce como ilegítima y arbitraria, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional."

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