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CASO MANAURE FLORES Y OTRA VS. VENEZUELA. EXCEPCIONES PRELIMINARES

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó un caso contra Venezuela por ejecuciones extrajudiciales y falta de investigación. La Corte Interamericana desestimó las excepciones preliminares planteadas por el Estado, reafirmando su competencia para conocer el caso.

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- Se reclama la responsabilidad internacional de Venezuela por ejecuciones extrajudiciales y la falta de investigación de estos hechos ocurridos en 2017.
- La Corte desestimó las excepciones preliminares del Estado, afirmando su competencia para conocer el caso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Corte ha señalado en su jurisprudencia constante que, como todo tribunal, tiene la facultad inherente de determinar el alcance de sus propias competencias." "El acto de depósito del instrumento de ratificación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, realizado por el Presidente ‘Encargado’ de Venezuela el 31 de julio de 2019, en cumplimiento del mandato de la Asamblea Nacional, de conformidad con los procedimientos previstos para la ratificación y depósito de instrumentos ante la Secretaría General de la OEA, fue válido y surtió plenos efectos jurídicos." "No se ha constatado la existencia de un error grave que vulnerara el derecho de defensa del Estado en el trámite ante la Comisión."

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