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A, S M c/ GALENO ARGENTINA SA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La Sra. S.M.A. promovió un amparo de salud para mantener su afiliación a Galeno Argentina S.A. tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 10 hizo lugar a la demanda, ordenando a las demandadas mantener la afiliación en las mismas condiciones previas a la jubilación.

Amparo de salud Afiliacion Jubilacion Obras sociales Derechos de salud Continuidad de cobertura Legislacion de salud Jurisprudencia Constitucion nacional Ospaca


¿Quién es el actor?

S.M.A.
- Demandados: Galeno Argentina S.A. y OSPACA
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se ordena a las demandadas mantener la afiliación de la actora en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión de las accionadas de privar a la actora de las prestaciones médico asistenciales por modificarse la situación de trabajadora activa a jubilada luce como ilegítima y arbitraria, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional." "La creación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados no importó un pase automático de los pasivos a ese organismo, pues el art. 16 de la referida ley 19.032 conservó la afiliación obligatoria a la obra social correspondiente al servicio prestado en actividad." "La denegatoria por parte de las demandadas prescindió de la relación preexistente que vinculaba a con la actora, lo que comporta, con base en la normativa vigente, los presupuestos fácticos configurados y la jurisprudencia citada, una arbitraria restricción del pleno ejercicio del accionante de su derecho a la salud."

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