ROMAY, ZULMA BEATRIZ Y OTROS c/ CONS CLUB DE CAMPO LA MARTONA s/NULIDAD DE ASAMBLEA
Los actores solicitaron la nulidad de varias asambleas del consorcio de propietarios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que había operado la caducidad del derecho a reclamar la nulidad.
- Quién demanda: ROMAY, ZULMA BEATRIZ y OTROS
¿A quién se demanda?
CONSORCIO DE PROPIETARIOS CLUB DE CAMPO LA MARTONA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de asambleas de copropietarios
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la caducidad de la acción de nulidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho a promover acción judicial de nulidad de la asamblea caduca a los treinta días contados desde la fecha de la asamblea... los plazos de la caducidad no se suspenden ni se interrumpen, excepto disposición legal en contrario." "La eventual nulidad de la decisión asamblearia participa del carácter relativo por no afectar el interés público, sino tan solo el de los consorcistas." "La falta de impugnación judicial de la decisión adoptada por la asamblea de propietarios celebrada el 19 de diciembre de 2021 dentro del tiempo legal permite entender que las asambleas que la precedieron quedaron a resguardo de cuestionamientos."
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