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M. P, B. A. c/ OSPECON s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES

El amparista solicitó la cobertura integral de salud en la Clínica COM-TAN. La Cámara Federal de Mar del Plata acogió parcialmente el recurso, ordenando la cobertura desde el inicio del tratamiento.

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¿Quién es el actor?

M. P., B. A.

¿A quién se demanda?

OSPECON
- Objeto de la demanda: Cobertura integral de salud mental.
- Decisión del tribunal: Se ordena la cobertura desde el inicio del tratamiento en la Clínica COM-TAN, desestimando otros agravios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El a quo ha incurrido en un error de interpretación, que consiste en tratar de manera fragmentada e inconexa el tratamiento que recibe el amparista en la institución." "Dadas las particulares características de la prestación en cuestión y que la patología que aqueja al amparista no admite dilaciones en el comienzo del tratamiento, estimo que corresponde acoger el agravio formulado." "Es razonable y atinado que tengan en cada especialidad prestadores contratados, dentro de los cuales –en principio– los afiliados deben optar."

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