M. P, B. A. c/ OSPECON s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES
El amparista solicitó la cobertura integral de salud en la Clínica COM-TAN. La Cámara Federal de Mar del Plata acogió parcialmente el recurso, ordenando la cobertura desde el inicio del tratamiento.
¿Quién es el actor?
M. P., B. A.
¿A quién se demanda?
OSPECON
- Objeto de la demanda: Cobertura integral de salud mental.
- Decisión del tribunal: Se ordena la cobertura desde el inicio del tratamiento en la Clínica COM-TAN, desestimando otros agravios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El a quo ha incurrido en un error de interpretación, que consiste en tratar de manera fragmentada e inconexa el tratamiento que recibe el amparista en la institución." "Dadas las particulares características de la prestación en cuestión y que la patología que aqueja al amparista no admite dilaciones en el comienzo del tratamiento, estimo que corresponde acoger el agravio formulado." "Es razonable y atinado que tengan en cada especialidad prestadores contratados, dentro de los cuales –en principio– los afiliados deben optar."
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